El acusado, que fue condenado a cinco años de prisión efectiva y multa por resultar autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, tenía permiso del Registro del Programa Cannabis (Reprocann), que autoriza a particulares para el cultivo controlado con fines medicinales o terapéuticos.
No obstante, la finalidad comercial de la actividad quedó evidenciada no solo por la cantidad secuestrada, que excedía cualquier parámetro de consumo personal, sino también por la forma en que la droga se encontraba dividida y fraccionada para la venta directa al público.
El carnet de Reprocann autorizaba al acusado a cultivar hasta nueve plantas florecidas y a transportar hasta 40 gramos de flores secas o 6 frascos de 30 mililitros de aceite.
La causa se inició con la recepción de dos denuncias anónimas en la página web del Ministerio Público Fiscal en las que se indicaba que un hombre conocido en el barrio por ser tatuador también se dedicaba a la venta de estupefacientes.
A fin de corroborar o descartar la información obtenida se remitió la denuncia para su investigación al Grupo de Investigaciones de Drogas 3A. Luego de una serie de tareas de vigilancia y de posteriores allanamientos se verificó la actividad ilícita.
En el domicilio del imputado se secuestraron más de 650 gramos de marihuana y envoltorios de pasta base de cocaína, además de una balanza gramera, teléfonos celulares y dinero en efectivo.
La jueza Norma Beatriz Vera, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio, ordenó el inmediato traslado del condenado a la Unidad carcelaria 1. Dispuso que el sujeto realice tratamiento psicológico por la adicción que dijo padecer.