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SAETA no podrá aumentar el precio del boleto urbano

Una jueza hizo lugar a un amparo colectivo que había presentado la Asociación Civil de Usuarios y Consumidores Unidos

SAETA no podrá aumentar el precio del boleto urbano

La jueza de Minas María Victoria Mosmann hizo lugar al amparo colectivo presentado por la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos y declaró la inconstitucionalidad de las Resoluciones 411/18 y 412/18 de la AMT por lo que quedan sin efecto los aumentos que estaban dispuestos allí.

En su resolución la jueza desestimó la pretensión subsidiaria de restitución a los usuarios afectados por los incrementos considerando el momento a partir del cual producirá sus efectos la sentencia.

En el proceso la Autoridad Metropolitana de Transporte solicitó que el planteo se declare abstracto, “por entender que el aumento del boleto de colectivo dispuesto por la Resolución Nº 412/18, había sido superado por la inflación del corriente año”, aspecto fue fue rechazado por la jueza aunque remarcando que “adoptar una decisión con efectos retroactivos pondría en grave riesgo de continuidad al servicio público de transporte de pasajeros afectando de modo directo al mismo grupo que en el presente se pretende proteger”.

“La protección del usuario y el interés público son el norte del presente proceso, y en ese contexto no puede dejar de observarse que son esencialmente los trabajadores, así como los estudiantes, y jubilados quienes emplean cotidianamente el transporte público de pasajeros, y es la continuidad plena de la prestación del servicio la que preocupa en esta instancia decisiva”, señaló.

En el trámite se presentó y fue admitida como “amicus curiae” la Comisionada Defensora del Pueblo de la Ciudad de Salta María Frida Fonseca Lardies. “Si en los procesos colectivos los jueces somos llamados a dar una solución al conflicto planteado que excede a los litigantes presentes en el trámite debe ampliarse la base de participación ciudadana en el proceso como forma de garantía del sistema republicano democrático. Los amicus resultan ser el formato que la jurisprudencia y legislación en nuestro país han elegido desde hace ya más de una década, para sortear la complejidad que surge del especial rol que desempeña el Poder Judicial al dictar fallos con vocación regulatoria emergentes de procesos trascendentes”, señaló la jueza Mosmann.

La Resolución cuestionada AMT 411/18 había dispuesto la convocatoria al procedimiento de “Documento de Consulta” a fin del incremento tarifario. Y la Resolución de la AMT 412/18 autorizó una readecuación del cuadro tarifario para el servicio de transporte público masivo en la Región Metropolitana, con un incremento de la tarifa vigente de 12,95 pesos a 15 pesos desde el 1 de enero de 2019 y en adelante un aumento mensual de 1 peso hasta llegar a los 26 pesos el domingo, cuando comienza diciembre de 2019.