El Registro Único de Aspirantes a Guardas con Fines Adoptivos de Salta comunicó que continúa vigente la convocatoria a personas o familias de todo el país para adoptar a Mili, que reside en un dispositivo a cargo del Estado en la ciudad de Salta.
Asiste a una escuela especial debido a su diagnóstico de retraso mental moderado y desde entonces ha tenido avances notorios. En el área socio afectiva se trata de una niña extrovertida, participativa, que se adapta a situaciones nuevas con muy buena relación tanto con docentes como con pares.
En el área comunicacional se maneja verbalmente de manera espontánea, debiendo desarrollar mejores herramientas para alcanzar la escritura independiente y la lectura. Tiene un vocabulario amplio y buena comprensión del lenguaje oral.
Despliega conductas de autonomía en lo que hace a hábitos de higiene personal y plena ejecución de motricidad gruesa.
Tanto en la escuela como en el hogar en el que reside la definen como una niña que trabaja con esmero en cada una de las actividades propuestas y con mucha alegría. Desarrolló mayor independencia motriz.
Aquellas familias interesadas en postularse deben poseer condiciones personales y materiales que permitan sostener su asistencia a su actual institución educativa o similar para dar continuidad a los avances referidos; así como también estar dispuestos a abrir su espacio familiar a esta niña en el lugar de hija.
Para contactarse con este Registro se encuentra disponible el correo regadop1@justiciasalta.gov.ar, debiendo adjuntar la ficha de Convocatorias Públicas con los datos completos, que puede ser descargada en el link.
Por consultas telefónicas pueden comunicarse al 0387 – 4258026, o personalmente en la Secretaría Tutelar, sita en Ciudad Judicial, Edificio Anexo I, Planta Baja, de lunes a viernes en horario de 8 a 13.
Por otra parte, las familias interesadas y que contacten al Registro desde otras Jurisdicciones deberán realizar una entrevista de despeje, a partir de la cual el Registro correspondiente a su provincia efectuará un informe primario de idoneidad para determinar la procedencia de la postulación, conforme el Protocolo de Convocatorias Públicas acordado por la totalidad de jurisdicciones provinciales y la DNRUA.