A partir del 1 de setiembre, se implementó una nueva modalidad para el otorgamiento de alta a personas consideradas contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19, que residan en las zonas 3 y 4, definidas con transmisión comunitaria.
De acuerdo con la clasificación sanitaria informada oportunamente por la ministra de Salud Pública, Josefina Medrano, en estas zonas se incluye a los departamentos General Güemes, Capital, Orán y San Martín.
“Para el otorgamiento de alta a los contactos estrechos de casos confirmados que residen en esas zonas, y que hayan cumplido el aislamiento de 14 días, no es necesario realizar la prueba de PCR”, explicó la médica Paula Herrera, de la Dirección General de Coordinación de Epidemiología del Ministerio de Salud Pública.
También dijo que, “si durante el período de aislamiento, esa persona presenta algún síntoma compatible con COVID-19, al ser contacto estrecho de un caso confirmado, se la confirma como positiva por nexo epidemiológico, sin necesidad de PCR”.
Al respecto, aclaró que “la prueba de laboratorio es una herramienta más, no hace falta hacerla, ya que con la evidencia de los datos clínicos y epidemiológicos se puede confirmar un caso como positivo”.
En cuanto al alta de un contacto estrecho, dijo que se otorga a los 14 días de haber estado en contacto con una persona positiva. “Cumplido el aislamiento, esa persona tiene el alta”, expresó.
Si durante el tiempo de aislamiento, la persona presenta algún síntoma, se debe contactar con el sistema de salud a través de la aplicación SaltaCovid, que es el instrumento para informar la situación de salud en forma diaria. En ese caso, al ser contacto estrecho y tener sintomatología compatible con COVID-19, se considera un caso confirmado y se la ingresa al sistema sanitario.
La profesional explicó que, “si esa persona, que es contacto estrecho y presenta síntomas, vive en alguna localidad comprendida en las zonas de transmisión comunitaria, no requiere de una PCR para ser considerada un caso positivo”.