Después de varias horas de confusión, el Gobierno de la Provincia tuvo que salir a aclarar cuáles eran las restricciones que comenzarían a regir en Salta a partir del miércoles 9 de septiembre.
Según se explica en la resolución se "suspende en el Departamento Capital, desde el 9 y hasta el 15 de septiembre de 2.020 inclusive, las actividades gastronómicas; gimnasios, apertura de centros comerciales, galerías, ferias, peluquerías y comercios en general; así como actividades recreativas en parques y plazas; a excepción de las actividades esenciales (artículos 13 y 14 del DNU 714/2.020), de salud, seguridad, estaciones expendedoras de combustible, delivery de alimentos, comercios de proximidad (drugstores, despensas, y kioscos) y farmacias.
Los Supermercados del Departamento Capital podrán abrir los días 9, 10, 11 y 12 de septiembre de 2.020. Solo podrán ingresar los días 9 y 11, las personas cuyo DNI termine en número par (0, 2, 4, 6, 8), y los días 10 y 12, las personas cuyo DNI termine en número impar (1, 3, 5, 7, 9).
Los días 13, 14 y 15 de septiembre de 2.020 los supermercados deberán permanecer cerrados".
Por otra parte se agrega el siguiente artículo: "Restringir en el Departamento Capital, desde el 9 y hasta el 15 de septiembre de 2.020 inclusive, toda actividad, evento y celebración religiosa con público en iglesias y templos de entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, las cuales sólo podrán llevarse a cabo para su difusión por medios digitales de comunicación".