La jueza de primera instancia del Trabajo 2, Alejandra Salim, rechazó un amparo planteado por la Secretaria General Patricia del Valle Argañaraz contra la Asociación Docente Provincial (ADP). Argañaraz pretendía con su presentación que “se deje sin efecto la hipotética Asamblea Extraordinaria fijada para el día 27/4/19”. Dijo para ello que la asamblea, en la que se trataría una sanción que la Comisión Directiva le impuso el pasado lunes 22, no le fue debidamente notificada, sino que tomó conocimiento por vía periodística. Argumentó que esta falta de notificación afecta el ejercicio de su derecho de defensa.
Previo a resolver la cuestión, la jueza llamó a las partes a una audiencia de conciliación en la que no se logró llegar a un acuerdo. En esa audiencia se escucharon dos testimoniales, que se sumaron a todas las pruebas producidas en la causa.
Para resolver el planteo, la jueza consideró que la notificación personal de la asamblea fue efectiva, ya que se acompañó un correo electrónico de ADP firmado por el secretario gremial y de actas, enviados a su correo. A ello se sumó un intento de notificación a través de escribano público en fecha 22 de abril.
Además, la asamblea se hizo de conocimiento público al haber sido publicada en los medios de comunicación, por lo que se puede afirmar que la profesora Patricia Argañaraz ha tomado conocimiento de la asamblea extraordinaria al menos con cinco días de antelación, por lo que no se puede afirmar que el derecho de defensa se haya visto cercenado.