La Dirección del Registro Nacional de las Personas (Renaper), a través de la disposición 31/2021 prorrogó la fecha de vencimiento del documento nacional de identidad, por 60 días posteriores a la finalización del aislamiento o distanciamiento decretado por el Ejecutivo nacional.
La medida alcanza también a los documentos de extranjeros con categoría de “residente temporario”, en cuyo caso el plazo de vigencia estará limitado a los plazos dispuestos por la Dirección Nacional de Migraciones que depende del Ministerio del Interior.
También regirá la prórroga para quienes hayan solicitado la credencial virtual, “gestionada únicamente por ciudadanos mayores de edad que acrediten una situación urgente e impostergable, o de fuerza mayor como extravío del documento, sustracción o ilegibilidad; o un nuevo documento tramitado pero que no haya sido recibido por el ciudadano”.
Esta decisión de prorrogar los vencimientos, se justifica según el avance de la pandemia, como una medida para evitar las aglomeraciones de personas que, luego del plazo de los 30 días corridos, necesiten tramitar los documentos vencidos y los ejemplares que no pudieron ser tramitados de manera presencial.