Sección: Policiales

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Una abuela convenció a un niño para que denunciara a sus padres y se quedó con la custodia

La abuela también se negó a que se le realizara una pericia psicológica ordenada por los jueces.

Una abuela convenció a un niño para que denunciara a sus padres y se quedó con la custodia

La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial revocó una sentencia de primera instancia que había otorgado la guarda de un niño a su abuela materna volviendo el cuidado personal a sus padres.

La historia de la causa comenzó con una denuncia por violencia que provocó que la abuela accediera a la guarda provisoria. 

Se daba el supuesto de una especial situación de gravedad exigida por el artículo 657 del Código Civil y Comercial para el otorgamiento de guarda a favor de la abuela materna, por lo que así se resolvió en la primera instancia.

Pero en el relato de los padres, todo comenzó cuando decidieron mudarse y dejar la casa de la abuela porque habían observado una relación peligrosa para la salud del niño.

Una vez consumada la denuncia de violencia y con la guarda del niño, la abuela retaceó el contacto del hijo con sus padres. El niño mientras duró la convivencia con su abuela debía compartir cama con ella viendo en condiciones insalubres.

Incluso el Equipo Técnico de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia comprobó que el niño dejó de ir a la escuela. Cuando se realizó el análisis social llevaba cuatro meses de inasistencias. Dejaron en claro en el informe que la abuela no se encontraba en condiciones de salud mental, concluyendo que el niño se encontraba en estado de vulnerabilidad.

Para resolver la causa, la jueza Verónica Gómez Naar y el juez Leonardo Aranibar convocaron a audiencia para escuchar al niño. El niño fue entrevistado en presencia de los representantes del Ministerio Público Pupilar y Fiscal. En esa audiencia el niño relató su vivencia en el domicilio de la abuela, dijo que no iba a la escuela desde el mes de junio y contó que dormía con la abuela porque no tiene cama. Dijo que estaba de acuerdo en ir a vivir con sus padres y hermanos y volver en febrero para que lo escuchen.

Luego de escuchar a los padres y a la abuela y con la opinión favorable del Asesor de Incapaces y del Fiscal de Cámara se dispuso la reinserción provisional del niño en su grupo familiar nuclear, junto a sus padres y hermanos por el lapso de un mes contando con acompañamiento psicológico y del equipo interdisciplinario de revinculación dependiente del Ministerio Público Tutelar.

Un mes después, en la segunda audiencia, el niño dijo sentirse más relajado, que salía a jugar con sus amigos, que con sus papás se llevaba bien y con sus hermanos jugaba y a veces peleaba. Dijo que estaba bien y expresó querer estar con su mamá y papá. Dijo tener ganas de empezar la escuela.

Al cuidado de sus padres el niño retomó su escolaridad. Se incorporó a la causa el informe de la maestra del quinto grado que señaló que tuvo un buen rendimiento pedagógico, distinto del bajo rendimiento de comienzo del año. La maestra dijo que el niño presenta sus tareas a término y concurre aseado y prolijo. 

El informe incluyó el relato de los vecinos que señalaron que el niño juega por las tardes, luego de la escuela, a la pelota.

La abuela en tanto, se negó a que se le realizara una pericia psicológica ordenada por los jueces. En ese momento la abuela dijo que no concurriría a ninguna citación judicial. La abuela no se encuentra en condiciones psíquicas de criar a un niño o adolescente, según los mismos informes.

Las diligencias ordenadas por los jueces permitieron comprobar que el niño “se encontraba influenciado por su abuela materna y que por tal motivo realizó una denuncia que nunca fue acreditada, lo que condujo a que se encontrara bajo la crianza de esta abuela, en serio riesgo para su salud psicofísica tal como quedó constatado en el proceso conexo”.

Teniendo en cuenta los derechos fundamentales del niño y en el entendimiento de que responde ello a su interés superior, los jueces consideraron que “deben ser sus padres quienes tengan el cuidado personal del niño, emergente de la responsabilidad parental.”