A ocho meses de prisión efectiva fue condenado un sujeto por los delitos de desobediencia judicial (once hechos) y amenazas (dos hechos), en concurso real. El imputado tenía condena previa. La jueza le revocó la condicionalidad y unificó ambas penas en el monto de tres años y dos meses de prisión efectiva.
La denunciante, expareja del acusado, realizó numerosas denuncias por el hostigamiento al que él la sometió desde agosto a octubre de 2022. Relató que el sujeto se comunicaba con ella y la amenazaba a través de perfiles falsos que se creaba en Facebook. Le advirtió que si no le respondía iba a publicar en las redes sociales un video privado que había registrado sin su consentimiento y que ella le había pedido que borrara.
El sujeto también se presentó en su lugar de trabajo, un puesto en el mercado, a pesar de que ambos tenían monitoreo de SUMA (Sistema Único de Monitoreo de Agresores) exigiéndole hablar con ella.
La damnificada manifestó que tuvo que cambiar sus hábitos de vida, mudarse de domicilio hasta dos veces en un mismo mes por temor a lo que el imputado pudiera hacerle. Incluso optó por dejar a su hijo (de una pareja anterior) con su padre después de que el acusado le dijera que iba a ir a buscarlo a la salida del colegio.
La damnificada dijo que, a pesar de que ella lo bloqueaba o cambiaba su número de teléfono, él volvía a conseguirlo y le escribía.
La mujer adjuntó en sus denuncias capturas de pantalla correspondientes a los mensajes recibidos. Aclaró que ella nunca le respondió a pesar de sus amenazas.
El juicio abreviado se llevó a cabo en la Sala II y fue presidido por la jueza María Victoria Montoya Quiroga.