En un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala V, un sujeto de 66 años fue condenado a ocho años de prisión efectiva por resultar autor materialmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y la guarda, en perjuicio de su hija menor de edad.
La jueza Mónica Mukdsi revocó el arresto domiciliario dispuesto por el Juzgado de Garantías 8 y ordenó el inmediato traslado del condenado a la Unidad Carcelaria 1. Dispuso además que se le realice examen psicofísico y examen genético para su posterior inscripción en los Bancos de Datos Genéticos Provincial y Nacional.
El imputado P. G. fue denunciado por su expareja, madre de la menor damnificada (13). La mujer refirió que en octubre del año pasado, la maestra de su hija le manifestó que la niña le había comentado que en 2019 había sufrido abuso sexual con acceso carnal por parte de su padre. La menor le había relatado a su maestra que el 10 de agosto de ese año (día de su cumpleaños) su papá la había llevado a una finca en Chicoana, donde él solía trabajar. Allí la llevó a una habitación y abusó sexualmente de ella. Luego la amenazó para que no contara lo sucedido.
La denunciante refirió que había notado que su hija tenía problemas de conducta, la considerándola rebelde, pero nunca sospechó lo que le había pasado.
Sección: Policiales
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