El 20 de octubre del año pasado, el acusado, un hombre de 49 años, se presentó en el domicilio de su expareja cuando ella no estaba, y comenzó a gritar a sus hijos mientras profería amenazas en su contra. Al día siguiente ella salió de su casa y vio que la estaba siguiendo, por lo que decidió volver y refugiarse en su vivienda.
Finalmente, el 28 de diciembre se presentó nuevamente en la casa de la denunciante y esta vez ingresó en el inmueble sin autorización. El hombre tenía medidas cautelares dictadas en su contra por el Juzgado de Violencia de Género interviniente, entre las cuales le prohibía el acercamiento y el ingreso al domicilio de la víctima.
Fue oportunamente detenido, y la fiscalía solicitó su prisión preventiva. La Oficina Judicial de Garantías (OfiJu) fijó una audiencia flexible y multipropósito en el marco del plan piloto de oralidad, durante la cual, la jueza de Garantías 1, Ada Zunino, lo condenó a la pena de ocho meses de prisión de ejecución efectiva.
Las partes habían llegado a un acuerdo de juicio abreviado, y el acusado reconoció haber cometido los delitos de desobediencia judicial (tres hechos), violación de domicilio y amenazas en concurso real, tal como lo denunciara su expareja.
En el mismo fallo fue declarado reincidente por séptima vez atento a los antecedentes condenatorios que registraba y se ordenó su traslado a la Unidad Carcelaria 1.