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La Justicia suspendió el decreto que transformaba al Banco Nación en una Sociedad Anónima

La suspensión es por seis meses.

La Justicia suspendió el decreto que transformaba al Banco Nación en una Sociedad Anónima

La Justicia decidió hacer lugar a la medida cautelar que había sido solicitada tras el Decreto 116/2025 - que buscaba transformar al Banco Nación en una Sociedad Anónima - y suspendió los efectos de dicha medida. El fallo fue firmado por el juez Alejo Ramos Padilla e interrumpió las modificaciones por el plazo de al menos seis meses.

Anteriormente se había dispuesto una medida cautelar interina tras un planteo de la Asociación Bancaria, el gremio que reúne a los empleados del sector y que es encabezado por Sergio Palazzo.

En el fallo, el magistrado consideró que cualquier modificación en la estructura jurídica del Banco Nación debe realizarse en el Congreso, ya que se trata de una entidad autárquica que fue creada a través de una ley. De esta manera detalló: "El Banco de la Nación Argentina es una entidad cuya creación compete al Congreso Nacional. Por lo tanto, es este poder el único que puede revocar su carácter".

El fallo del juez Alejo Ramos Padilla.

El conflicto judicial inició en junio de 2024, cuando un grupo de actores, entre ellos el Sindicato Asociación Bancaria, presentó una demanda para declarar la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución 348 del Directorio del Banco Nación y del Decreto 70/2023. La misma buscaba disponer una posible privatización de la entidad. Anteriormente, el juez Ramos Padilla ya había expresado que el Decreto 70/2023 y la Resolución 348 no autorizaban la modificación de la situación jurídica del banco y que este cambio era únicamente potestad del Congreso de la Nación, que debía impulsarlo mediante una ley formal.

Sin embargo, el Gobierno volvió a arremeter el pasado 19 de febrero cuando publicó el Decreto 116/2025. El mismo disponía, en su artículo 1°, "la transformación del ente autárquico BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA en BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (BNA S.A.) en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo con las disposiciones de este decreto, bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550 - T.O. 1984, como continuadora del ente autárquico en todos sus derechos y obligaciones y sometida a la Ley N° 21.526". Dicho Decreto es el que permanece sin efecto, al menos, por los próximos seis meses.

El fallo de Ramos Padilla destacó que la Carta Orgánica del Banco Nación, aprobada por la Ley 21.799, establece que "el Banco de la Nación Argentina es una entidad autárquica del Estado, con autonomía presupuestaria y administrativa. Se rige por las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras, de la presente ley y demás normas legales concordantes". Además, el juez recordó a esta entidad "no le serán de aplicación las normas dispuestas con carácter general para la organización y funcionamiento de la administración pública nacional".

Qué dice el Decreto suspendido por la Justicia

Antes de viajar a Estados Unidos para la CPAC, casi un mes atrás, el presidente Javier Milei firmó el decreto para transformar al Banco Nación en una sociedad anónima. La entidad había sido excluida del listado de empresas a privatizar de la ley Bases.

El decreto 116/2025, publicado en el Boletín Oficial, dispone en su Artículo 1° "la transformación del ente autárquico BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA en BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (BNA S.A.) en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo con las disposiciones de este decreto, bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550 - T.O. 1984, como continuadora del ente autárquico en todos sus derechos y obligaciones y sometida a la Ley N° 21.526".

La medida, fue firmada por de Milei, Guillermo Francos y Luis Caputo y señala que los accionistas del BNA S.A. serán: el Estado Nacional con el 99,9% del capital social, el cual "ejercerá todos sus derechos a través del Ministerio de Economía", y la Fundación Banco de la Nación Argentina, quien tendrá la titularidad del 0,1 % del capital social.