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La Corte Suprema habilitó el pago de las cuotas alimentarias

Los pagos por alimentos, indemnizaciones y otros casos establecidos en fallos judiciales se pagarán por medios electrónicos por un dictamen de la Corte Suprema.

La Corte Suprema habilitó el pago de las cuotas alimentarias

La Corte Suprema habilitó este viernes a los juzgados para que se paguen por vía electrónica los montos establecidos en fallos judiciales en casos como cuotas de alimentos, indemnizaciones por despidos o por accidentes (sean de tránsito o de trabajo) y los honorarios de los abogados que intervinieron.

La decisión fue emitida tras un pedido del Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, que planteó ante la Corte Suprema la urgencia de casos como el de las personas que esperan cobrar la cuota alimentaria de sus hijos en abril, informó el canal C5N.

El pedido concreto fue que se consideren urgentes los cobros de alimentos, indemnizaciones por despido, pagos por accidente de trabajo, o de tránsito, casos judicializados con sentencias firmes así como también el cobro de honorarios de abogados y abogadas que trabajaron en los casos, informó Sofía Caram.

La feria judicial extraordinaria sanitaria rige desde marzo y fue extendida esta semana hasta el 13 de abril (fecha determinada por el Gobierno para el fin del aislamiento social preventivo y obligatorio) por lo que los juzgados limitaron su actividad a las cuestiones urgentes con el personal mínimo posible.

El documento de la Corte Suprema lleva la firma de Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

Fuente: C5N