El Gobierno reglamentó la ley de paridad, sancionada dos años atrás, que establece que las listas de candidatos al Congreso y al Parlamento del Mercosur deben estar conformadas en un 50 por ciento por mujeres y hombres, de manera consecutiva e intercalada, y la norma avanza también sobre la vida de los partidos al establecer que también sea aplicable al "ámbito interno de las agrupaciones políticas"
De esa forma, la ley de paridad de género -número 27.412- se estrenará este año en las elecciones Paso del 11 de agosto, y en las generales del 20 de octubre.
Con la firma del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro del Interior, Rogelio Frigerio, el Gobierno dictó hoy el decreto 171, publicado en el Boletín Oficial, por el cual define la "paridad de género en ámbitos de representación política".
El decreto 171/2019 efectiviza la norma que había sido sancionada en diciembre de 2017.
Toma como fundamento la necesidad de garantizar mediante acciones positivas "la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios", contenida en el artículo 37 de la Constitución Nacional, así como el artículo 7 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer –de jerarquía constitucional– que establece la obligación de tomar medidas destinadas a lograr este objetivo en el ámbito político.