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Congelan hasta fin de año las tarifas de servicios públicos

La decisión fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. Además aumenta la cantidad de facturas impagas que puede acumular una familia sin sufrir cortes de servicios

Congelan hasta fin de año las tarifas de servicios públicos

El Gobierno oficializó que las tarifas de electricidad y gas natural permanecerán congeladas hasta fin de año, al extender la fecha límite de renegociación con las prestadoras de servicios, que vencía en dos semanas.

Además, aumentó de tres a seis la cantidad de facturas impagas que puede acumular una familia de bajos ingresos sin sufrir cortes de servicio de luz, gas, agua, Internet, TV paga y telefonía celular, como parte de la emergencia sanitaria.

El decreto 543/2020, publicado este viernes en el Boletín Oficial, rubricó que no habrá cambios en las facturas de electricidad y gas natural, que permanecen congeladas desde la primera mitad de 2019.

El Gobierno extendió el plazo de seis meses que obtuvo con la ley de solidaridad y reactivación productiva votada a fin de año para renegociar las tarifas con las prestadoras de servicios de electricidad y gas bajo control del Estado nacional. La medida involucra a las concesiones de luz del área metropolitana (Edenor y Edesur) y a las distribuidoras de gas de todo el país. La garrafa de gas también tiene un precio regulado a nivel nacional y debería mantenerse sin cambios.

El mismo decreto amplió de tres a seis la cantidad de facturas impagas, consecutivas o no, que pueden acumular usuarios de bajos ingresos de los servicios públicos. En el caso de la telefonía celular, la TV paga y los servicios de internet, los prestadores pueden restringir la prestación a un paquete básico, pero no cortarla.

La protección ante impagos alcanza a titulares de AUH y Asignación por Embarazo, titulares de pensiones con ingresos que no superen a dos veces el salario mínimo ($3.750 en total); monotributistas sociales; jubilados y monotributistas con ingresos de hasta dos salarios mínimos mensuales; personas que perciban seguros de desempleo; electrodependientes; trabajadoras de casas particulares; y exentos del ABL o impuestos similares. También a micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas de trabajo e instituciones de salud.

Fuente: TN