La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pedirá mayor información a las entidades financieras sobre las compras realizadas con tarjetas de crédito y débito en el exterior.
La medida fue oficializada este miércoles en la resolución 5662, publicada en el Boletín Oficial. La normativa modifica un apartado del régimen de información de la actividad financiera.
De esta manera, las entidades emisoras de tarjetas deberán brindar una serie de datos adicionales para garantizar la correcta fiscalización y control por parte de ARCA desde el 1° de julio de 2025.
Entre los nuevos requisitos, se suma la obligación de informar la marca de la tarjeta, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora, la identificación de la moneda de origen y del número del comercio donde se realizó la operación.
Compras con tarjeta en el exterior: todos los datos que deben informar los bancos a ARCA
A raíz de la resolución 5662, las entidades financieras deberán detallar la siguiente información sobre las operaciones en el exterior correspondiente a tarjetas de titulares emitidas en el país:
- Número y marca de la tarjeta de crédito, de compra y/o de débito.
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora.
- Fecha de la operación.
- Identificación del país y de la moneda de origen.
- Monto de la operación en moneda extranjera y en pesos.
- Nombre del comercio, junto con su código de rubro y número de identificación.
ARCA precisó que requerirá la misma información para consumos efectuados por titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de las tarjetas emitidas en la Argentina.
La decisión del organismo encabezado por Juan Pazo apunta a garantizar la correcta fiscalización y control de esas operaciones.