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Ruidos molestos: en Salta los responsables podrán recibir una pena de 15 días de prisión o multa

El proyecto fue aprobado ayer por la Cámara de Diputados, y ahora pasó al Senado

Ruidos molestos: en Salta los responsables podrán recibir una pena de 15 días de prisión o multa

La Cámara Baja dio media sanción al proyecto de Ley que propone modificar el artículo 72 de la Ley 7135 – Código Contravencional de la Provincia, para incorporar sanciones para quienes circulen con un vehículo que genere ruidos innecesarios, excesivos o nocivos por exceder los límites de intensidad máxima permitida. Se prevén hasta 15 días de arresto o multas equivalentes.

La iniciativa propone ampliar las conductas típicas que configuran contravención con el propósito de proteger no solo, la salud de las personas, sino también, el derecho a un ambiente sano, libre de toda contaminación. Es por ello que se incorporan sanciones relacionadas al tránsito con vehículos que generan ruidos innecesarios, excesivos o nocivos por exceder los límites de intensidad máxima permisible de seguridad.

Entre las modificaciones propuestas al Código de Contravenciones, se establece que “Será sancionado con arresto de hasta quince (15) días o multa de hasta quince (15) días y comiso: el que transitare con vehículo de tracción mecánica que genere ruidos innecesarios, excesivos o nocivos por exceder los límites de intensidad máxima permisible de seguridad. El que acelerare un vehículo provocando ruidos innecesarios, excesivos o nocivos por exceder los límites de intensidad máxima permisible de seguridad.”

También para el que transite por la vía pública con cualquier tipo de reproductor de sonido que exceda los límites de intensidad máxima permisible de seguridad. Además, se agrega que idéntica sanción se aplicará a quien profiriere voces, gritos o emitiere sonidos o ruidos o inmisiones que perturben el reposo o la tranquilidad de las personas. Como también al propietario del can u otro animal, que provoquen similares molestias.

En este sentido, será el Poder Ejecutivo Provincial determinará a través del organismo técnico competente, los límites de intensidad máxima permisible de seguridad.

La diputada María del Socorro López, autora de la iniciativa, explicó que “la contaminación acústica o sonora es aquella alteración producto de cualquier sonido o vibración excesiva, que produce una perturbación o molestia en un ambiente determinado, haciendo que se pierda la armonía, paz, salud auditiva y calidad de vida”.

Asimismo, señaló que “esta iniciativa propone ampliar las conductas típicas que configuran contravención con el propósito de proteger no solo, la salud de las personas-en especial de niños, ancianos y aquellas que padecen determinadas enfermedades- sino también, el derecho a un ambiente sano, libre de toda contaminación, es por ello que se incorporan conductas relacionadas al tránsito con vehículos que generan ruidos innecesarios, excesivos o nocivos por exceder los límites de intensidad máxima permisible de seguridad”.

Por último, la legisladora remarcó que este proyecto contribuirá en definitiva, a la preservación de la salud y el ambiente, como bienes sociales ineludibles para lograr una buena calidad de vida.

El proyecto fue aprobado por unanimidad y pasó al Senado en revisión.