Tras las PASO los diputados volvieron a sesionar. Los legisladores aprobaron la incorporación de los artículos 6 y 7 de la ley 7411 que se refiere a los deudores morosos alimentarios. En ese sentido, la iniciativa aprobó la prohibición de aquellos deudores morosos para que no puedan entrar a los espectáculos futbolítico, mientras que también establece que sea el juez quien deje o no salir del país al deudor.
A través del artículo 6°, quieren establecer que será requisito para la admisión, ingreso y permanencia en estadios deportivos donde se desarrollen espectáculos futbolísticos, que los concurrentes no estén incluidos en la nómina del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Como artículo 7°, determinar “la prohibición de salir del país a los deudores alimentarios morosos incluidos en el registro, hasta tanto los abonen o presten caución suficiente”.
Recuerda El Tribuno, que el Registro de Deudores Alimentarios Morosos fue creado en la provincia de Salta en el 2001.
Funciona bajo la órbita del Poder Judicial desde el 2004 y está regulado por la ley provincial 7.411, y las acordadas de la Corte 9.372 y 12.320.