En sesión ordinaria, la Cámara de Diputados de la Provincia aprobó el proyecto de modificación del artículo 51 de la Ley 7.328 – “Ley Orgánica del Ministerio Público” –. De esta forma, de aprobarse luego en el Senado, el imputado que decida optar por un Defensor Público Oficial – o si le fuese asignado – podrá acceder sin problemas al servicio de Justica sin importar su situación económica, sin embargo, el Ministerio Público podrá cobrar honorarios si el imputado que utilicen el servicio posee los medios suficientes para afrontar estos costos.
La diputada Socorro Villamayor explicó durante la sesión que, "este es un proyecto cuya iniciativa la tuvo el Ministerio Público, hemos recibido al Defensor General, Martín Diez Villa quien nos ha expuesto y explicado los motivos de la modificación de la Ley Orgánica del Ministerio Publico".
“En los procesos civiles, cuando el imputado requiere defensa oficial, debe demostrar insolvencia económica. En el ámbito penal esto no está contemplado y se propone que este acceso irrestricto a la Justicia, que se da conforme a normas de derecho internacional, se garantice”, agregó la legisladora capitalina, al momento de informar sobre el proyecto.
En el caso en que el imputado haya sido acompañado durante todo el proceso por un defensor oficial y el Ministerio Público constate su solvencia económica, deberá pagar honorarios. “Hay mucha gente que no es vulnerable económicamente y transita sus procesos con la defensa oficial”, advirtió la legisladora.
Finalmente, Villamayor aclaró que esta modificación no pretende limitar el acceso a la Justicia, sino que busca lograr igualdad entre las personas que más tienen y las que menos tienen.
De esta forma, el Ministerio Público podrá cobrar honorarios si el imputado que utilicen el servicio posee los medios suficientes para afrontar estos costos.
El Proyecto de Ley fue aprobado por la Cámara Baja y pasó al Senado para su revisión.