A partir de este jueves 30 de septiembre, desde las 10 de la mañana se llevará a cabo la sesión preparatoria de la Convención Constituyente en Salta, que estará encargada de reformar parcialmente la Constitución provincial.
La sesión será presidida por la convencional de mayor edad, en este caso María Cristina Garros Martínez, y estará acompañada del convencional más joven como secretario, de acuerdo a lo que marca el reglamento. Además, se constituirá una comisión de poderes integrada por 9 miembros para la revisión de los títulos de los convencionales, previo a la toma de juramento.
Concluida la etapa anterior, se procederá a la toma de juramento de los convencionales iniciando con la presidenta provisional, el secretario y luego el resto. Tras ello se elegirá a las autoridades de la Convención, cuya propuesta saldrá de cada bloque.
Seguidamente, se deberán conformar los bloques políticos con sus correspondientes autoridades, se revisará el reglamento para aprobarlo acorde a los cambios sugeridos por la Convención, se integrarán las comisiones de trabajo, fijando horarios y lugares de reunión.
Las sesiones serán transmitidas vía redes sociales y mediante el canal de YouTube de la Cámara de Senadores y de Diputados de Salta.
¿Qué se reforma de la carta magna?
Uno de los puntos de reforma propuesto por el ejecutivo provincial, tiene que ver con el artículo 140, que guarda relación con la cantidad de re elecciones que puede tener el mandatario provincial. Actualmente pueden acceder a dos re elecciones consecutivas, es decir, estar 12 años consecutivos en el poder; y se pretende limitarlo solo a dos periodos, o sea, 8 años.
Por otro lado, se buscará reformar los artículos 171, 172 y 182, para sumar la figura del viceintendente y ampliar los periodos de gestión de los concejales (en la actualidad tienen dos años y se pretende llevarlo a cuatro).
Finalmente, se trabajará en los artículos 95 y 103; los cuales hacen referencia a los mandatos de diputados y senadores provinciales. El primer artículo fija que el cargo de diputado dura cuatro años, pero la Cámara se renueva por mitad cada dos años, se constituye por sí misma y sus miembros son reelegibles. El segundo caso también hace alusión a que los senadores “son reelegibles”, sin marcar un límite. Se apuntará a que haya alternancia. El período ordinario se adelantará un mes.