La nueva ley exige la elección de nuevas autoridades electorales dentro de tres semanas. El nuevo Tribunal Supremo Electoral (TSE) procederá a elegir una fecha para las elecciones generales, que se esperan para 2020.
“La ley que acabamos de promulgar es la ley que los bolivianos queremos y por esa ley hemos salido a las calles plazas y rotondas para expresar pacíficamente nuestra decisión de repudio a la forma en la que el gobierno anterior intentó manipular la voluntad de todos nosotros, por tanto, un fraude escandaloso”, dijo en un acto realizado en Palacio Quemado, según la agencia estatal de noticias de Bolivia, ABI.
La administración provisional asumió el poder después de que el expresidente Evo Morales renunció, el 10 de noviembre, tras protestas masivas contra el presunto fraude electoral en las elecciones presidenciales del 20 de octubre.
Estos son algunos datos sobre la ley promulgada este domingo:
- La norma consta de 24 artículos y cinco disposiciones finales.
- De acuerdo con la Ley de Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de Elecciones Generales, se dejan sin efecto legal los comicios realizados el 20 de octubre y se da lugar a nuevos comicios para elegir mandatario.
- Sobre la elección de vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), la norma señala que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) realizará un nuevo proceso de elección, en un máximo de hasta 20 días calendario, desde la aprobación de reglamento.
- En cuanto a las elecciones generales, los vocales del TSE, dentro de los dos días calendario siguientes a su posesión, emitirán la convocatoria para las elecciones generales 2020.
- El TSE, a través del Servicio de Registro Cívico (Sereci), realizará las tareas de saneamiento del padrón electoral para dichos comicios.
- La Ley también establece que podrán participar todas las organizaciones políticas de alcance nacional con registro vigente a la promulgación de la norma.
- Respecto a los candidatos, la norma establece que los ciudadanos que hubieran sido reelectos de forma continua a un cargo electivo, durante los dos periodos constitucionales anteriores, no podrán postularse al mismo cargo.