El servicio alcanza el área metropolitana, como a los municipios con servicios urbanos, como así también en aquellas empresas que prestan servicios interjurisdiccional, reconocidos por el Estado Nacional. Las frecuencias deberán ser, mínimo, la establecida para el servicio que se presta los días sábados.
En cuanto a la gratuidad, la misma se aplicará con aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Mayores de 16 años con intención de votar
- Que acrediten que el viaje a realizar corresponde con la cercanía del domicilio que figura en el DNI (Los extremos a y b se acreditan con el DNI)
- En el caso del área metropolitana (SAETA), se recomienda apoyar la tarjeta por una cuestión de datos y del seguro
- Se podrán realizar los viajes dentro de la franja horaria comprendida entre las 07 y las 19 horas, salvo las excepciones de destinos que tengan menos de 3 frecuencias, para los cuales no rige la franja horaria establecida
- La gratuidad del pasaje es solamente para la persona que va a votar, mayor de 16 años y no abarca para un menor o acompañante, el cual deberá abonar el boleto.
- El control al cumplimiento de las frecuencias y los requisitos que deben cumplir los pasajeros se efectuará a través de los inspectores de la AMT y SAETA (Región Metropolitana).