En la quinta Sesión Ordinaria realizada ayer, los ediles aprobaron con modificaciones un Proyecto de Ordenanza presentado por su par Raúl Córdoba (STF). El mismo establece modificaciones en el artículo 86 de la Ordenanza Nº 14.395 -Código de tránsito-. El texto consensuado dispone que el valor de la multa se determinará en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivaldrá al menor precio de venta al público de un litro de nafta súper. Además, en el articulado se consignan cambios vinculados al monto de las multas por conducir con más de cero miligramos de alcohol por litro de sangre o bajo los efectos de estupefacientes o medicamentos que alteren los parámetros normales para la conducción segura. Fijando un incremento en los valores actuales, llevando la multa mínima de 200 a 300 UF.
Durante el análisis de la iniciativa, el edil Córdoba manifestó: “En la gestión anterior se impulsó la modificación del artículo 86, estableciendo que el valor de las unidades fijas (UF), tendrían un valor de $31.43 y que se actualizaría automáticamente acorde al último porcentaje inflacionario anual, conforme al informe del INDEC”. A lo que agregó: “Tomado esto actualmente la UF tiene un valor de $54,31, lo cual considero muy bajo”.
En el articulado se fija también modificaciones a los artículos 67 del Anexo II y en el 67.2 del Anexo IV a la Ordenanza 14395- Código de Tránsito-. De esta manera se lleva de 200 a 300 UF las multas por conducir con más de cero miligramos de alcohol por litro de sangre o bajo los efectos de estupefacientes o medicamentos que alteren los parámetros normales para la conducción segura.